El Ilustre Colegio de Abogados de Piura es una Institución de Derecho Público Interno, autónomo e independiente, cuyo sustento jurídico se encuentra consagrado en el artículo 20° de la Constitución Política del Perú y en la Ley N° 1367 del 20 de diciembre de 1910, que agremia a los abogados del Distrito Judicial de Piura, en el ejercicio de la profesión.