Desarrollo Social y Comunitario Villa de Leyva 2.67

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Leiva, 154001
Colombia

About Desarrollo Social y Comunitario Villa de Leyva

Desarrollo Social y Comunitario Villa de Leyva Desarrollo Social y Comunitario Villa de Leyva is a well known place listed as Government Organization in Leiva , City Hall in Leiva ,

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Details

Funciones

1.- Dirigir, coordinar y supervisar el Plan Local de Salud y el sistema de seguridad social, en la jurisdicción del Municipio, de acuerdo con los parámetros establecidos por la normatividad vigente en esta materia.

2.- Adoptar e implementar políticas y planes en salud pública de conformidad con las disposiciones del orden nacional y departamental, así como formular, ejecutar y evaluar el Plan de Atención Básica Municipal.

3.- Identificar la población pobre y vulnerable y seleccionar a los beneficiarios del régimen subsidiado.

4.- Gerenciar el sistema de selección de beneficiarios para programas sociales –SISBEN.

5.- Supervisar los contratos para el aseguramiento en el régimen subsidiado en la población pobre y vulnerable y realizar el seguimiento y control por medio de interventorías, según el ordenamiento jurídico vigente.

6.- Implantar el Sistema Básico de Información para recolectar, condensar, procesar y analizar la información referente a todo el sistema de seguridad social en salud del Municipio y retroalimentar en esta información a todas las instituciones de salud pública y privada de la jurisdicción.

7.- Ejercer vigilancia y control sanitario sobre factores de riesgo para la salud, en establecimientos y espacios que puedan generar riesgos para la población.

8.- Ejercer funciones administrativas del sector educativo que sean competencia del Municipio y supervisar las actividades de transporte escolar y restaurantes escolares.

9.- Coordinar el suministro de información del sector educativo a los entes departamentales y nacionales respectivos, según el ordenamiento jurídico.

10.- Proponer la construcción, mantenimiento, sostenimiento y dotación de los centros educativos del Municipio.

11.- Promover y fomentar en la comunidad la creación de organizaciones de la mujer, la juventud y la tercera edad, buscando su participación activa en la vida social, política cultural y económica del municipio.

12.- Promover el cambio de actitudes en relación con los factores de inequidad de género y tratamiento discriminatorio hacia los adultos mayores y promover a nivel de las organizaciones sociales del municipio, actividades que permitan su participación en procesos de paz y convivencia ciudadana.



13.- Promover, ejecutar y adoptar proyectos y programas enfocados al mejoramiento de la calidad de vida de la población vulnerable, niñez, juventud, discapacitados, Adulto Mayor y rendir los informes pertinentes a las entidades que lo requieran.

14.- Promover con diferentes sectores del ámbito local y regional la adopción de políticas y programas encaminados a rescatar el buen trato físico, psicológico, moral y sexual de la niñez, adolescentes, juventud, mujer, la tercera edad y en general la población vulnerable.

15.- Realizar estudios técnicos que permitan establecer características y variables condicionantes a todo nivel, de la niñez, adolescencia, la juventud, mujer y tercera edad para el establecimiento de estrategias de planeación.

16-. Adoptar programas y actividades para la niñez discapacitada del municipio facilitando su integración a la vida social y comunitaria.

17.- Promover y generar procesos con las organizaciones sociales y comunitarias del municipio, buscando la readaptación laboral de la población desempleada, bajo los esquemas de autogestión y auto solución de sus necesidades.

18.- Servir de órgano coordinador de la Administración municipal, para la promoción y generación de procesos de desarrollo social.

19.- Formular, dirigir y ejecutar los programas y proyectos orientados a atender a la población de desplazados que arriban al Municipio.

20.- Trazar e implementar políticas, programas, proyectos y actividades que tengan por objeto crear e institucionalizar las formas de organización social y comunal, previstas constitucional y legalmente haciendo eficaz su participación para la asignación de recursos y su contribución positiva en el desarrollo económico y social.

21.- Armonizar las políticas municipales en materia de desarrollo social con los planes, programas y proyectos de carácter nacional y departamental en esta materia, buscando su integración en el Plan de Desarrollo.

22.- Canalizar las propuestas de las organizaciones de la niñez, la adolescencia, juventud, tercera edad, Familia, hacia la Administración municipal, hacia los gremios económicos y los sectores sociales y culturales.

23.- Adoptar programas y actividades que estén orientados a sensibilizar a la Administración municipal y a la opinión pública con situaciones específicas que afecten a la niñez, la adolescencia, la juventud, la mujer, la tercera edad, los discapacitados y grupos vulnerables.

24.- Fomentar programas y proyectos que permitan generalizar la práctica del deporte la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre en el Municipio.

25.- Convocar a los sectores públicos y privados para el apoyo de programas y proyectos relacionados con la recreación y el deporte en beneficio del desarrollo integral de la comunidad.

26.- Participar en la elaboración de programas deportivos con las escuelas, colegios, ligas, comités y juntas de formación deportiva.

27.- Administrar los programas sociales de la población en condiciones de vulnerabilidad del Municipio, tales como la Casa Municipal del Abuelo y el Centro de Atención Integral a la Familia , entre otros programas.

28- Preparar los procesos contractuales que sean competencia de la Dependencia.

29. Formular, ejecutar y coadyuvar en la gestión los proyectos de su competencia ante organismos departamentales, nacionales y de cooperación internacional.

30.- Proyectar los actos administrativos sobre asuntos que sean competencia de la Secretaría y liderar la ejecución de las decisiones y órdenes de los mismos.

31.- Administrar la Biblioteca Municipal

32.- Supervisar los programas sociales y comunitarios que ejecuten otras entidades en la jurisdicción del Municipio.

33.- Las demás que sean asignadas por la Ley y que correspondan a la naturaleza de Dependencia.